SAT amplía horario de atención, por Declaración Anual de personas físicas
Fecha: 19/04/2024
Hora: 13:41 hrs.




El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que con el objetivo de que las personas físicas reciban apoyo para presentar su declaración anual del ejercicio fiscal 2023, el horario de atención en las oficinas se ampliará del 17 al 30 de abril de 2024, de 8:30 a 18:00 horas.

Al respecto, el Administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente Veracruz II del SAT, Arturo Lázaro Aguilar, informó que la fecha límite para cumplir con esta obligación fiscal y evitar multas o sanciones es el 30 de abril de 2024. Para presentar la Declaración Anual 2023, se necesita contar con RFC y Contraseña o e.firma.

La fecha límite para que los contribuyentes cumplan con esta obligación fiscal y evitar multas o sanciones es el 30 de abril de 2024, informó el SAT.

"La respuesta que hemos tenido del contribuyente ha sido favorable, hemos apoyado en todos los sentidos al contribuyente para que se sienta con la fortaleza, con los confianza de que el SAT está en la mejor disposición de apoyarlos en su declaración anual".

Las personas físicas que tienen la obligación de presentar su declaración anual de son los asalariados que obtuvieron ingresos distintos a su sueldo; que trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea; que trabajaron para un solo patrón, pero dejaron de laborar antes del 31 de diciembre de 2023, así como aquellos que por su salario obtuvieron ingresos por más de 400,000 pesos al año.

Además, recordó que también deben de presentar su declaración los asalariados cuyo sueldo proviene del extranjero o de personas que no están obligadas a retener; aquellos que obtuvieron ingresos por una indemnización o que obtuvieron ingresos por jubilación o pensiones por un monto diario mayor a 15 veces el salario mínimo.

Igualmente están obligados a cumplir las personas físicas que hayan obtenido ingresos por la prestación de servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento de inmuebles, enajenación o adquisición de bienes, intereses o dividendos, así como aquellos que tributen bajo el Régimen Simplificado de Confianza (Resico).
Por último, dijo que para más información, los contribuyentes pueden consultar el minisitio:

http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2023/Paginas/index.htm

* Usuario, Fecha y Hora de Creación: ID5 - 19/04/2024 - 13:44:22 hrs.
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